Por EFE.-
Caracas, Venezuela (16 Enero 2016).- El Gobierno de Venezuela decretó ayer el
"estado de emergencia económica" en todo el territorio nacional por
un período de 60 días, de conformidad con la Constitución, según publicó la
Gaceta Oficial.
En
una comparecencia desde el Palacio Presidencial de Miraflores, tras publicarse
el decreto en la Gaceta, el vicepresidente económico y ministro de Economía
Productiva, Luis Salas, señaló que se adopta esta medida "para proteger al
pueblo en función de las amenazas existentes".
El decreto, explicó el ministro,
le concede al Ejecutivo "atribución para adoptar las medidas oportunas que
permitan atender eficazmente la situación excepcional, extraordinaria y
coyuntural que atraviesa la economía venezolana".
Esa atribución se le concede al
Gobierno para "asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos y
el libre acceso a bienes y servicios fundamentales", afirmó.
Salas dijo que con este decreto
se intentan "mitigar los efectos de la inflación inducida, de la
especulación, del valor ficticio de la divisa, del sabotaje a los sistemas de
distribución de bienes y servicios así como contrarrestar las consecuencias de
la guerra de los precios petroleros".
El decreto concede al Gobierno la
facultad de adoptar medidas para "disponer de los recursos provenientes de
las economías presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015"
para sufragar la inversión que "asegure la continuidad de las misiones
sociales, el abastecimiento de alimentos y otros recursos esenciales para la
vida".
Asimismo, permite al Ejecutivo
asignar recursos extraordinarios, tanto previstos como no, "para optimizar
la atención en sectores como salud, educación, alimento y vivienda, que podrán
ser ejecutados a través de las misiones".
También le faculta para
"diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la
reducción de la evasión y la reducción fiscal" o "dispensar de la
modalidad del régimen de contrataciones públicas en determinados sectores a fin
de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia".
Además podrá "disponer de
los tramites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización
de mercancías" e implementar "medidas especiales para agilizar el
tránsito de mercancías por puertos y aeropuertos, pudiendo desaplicar
temporalmente normas legales que se requieran para hacer posible dicha
agilización".
El decreto también confiere al
Gobierno la capacidad de "dispensar de los trámites cambiarios" a
"órganos y entes del sector público o privado para agilizar y garantizar
la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento, la
reactivación productiva o el aumento de la capacidad tecnológica".
Además, el Ejecutivo podrá
"adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso de la
población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad, así como
a todos los servicios para el disfrute pleno de sus derechos".
Para garantizar ese acceso, se
podrán "requerir los medios públicos, privados o de empresas mixtas"
necesarios.
Los ministerios y el Banco
Central de Venezuela (BCV) podrán también poner "restricciones a
determinadas operaciones comerciales o financieras para proteger la moneda
nacional".
El ministro indicó que el decreto
se remitirá a la Asamblea Nacional para "su consideración y
aprobación" dentro de los ocho días siguientes de su publicación en la
Gaceta Oficial.
Asimismo, se remitirá al Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ) "para que se pronuncie sobre su
constitucionalidad" también en los ocho días siguientes, dijo Salas.
Los 60 días de vigencia del
decreto, que ha sido aprobado por el presidente, Nicolás Maduro, y refrendado
por todo el Gobierno, podrán prorrogarse por otros 60 más, aseguró el
vicepresidente económico.
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